lunes, 20 de noviembre de 2017

Represores irán a juicio por caso Sheraton


Entre los imputados se encuentran exmiembros del Ejército y de la Policía bonaerense
Cuatro militares y dos expolicías  irán a juicio el próximo lunes por delitos de lesa humanidad en el centro clandestino Sheraton, que funcionó en la localidad de Buenos Aires de La Matanza durante la dictadura militar (1976-1983). 

Los exfuncionarios argentinos declararán ante el juez por los delitos, realizados durante diciembre de 1976 y abril de 1978, ubicado en la subcomisaría de Villa Insuperable que dependía de la Comisaría tres de Villa Madero, fue usado para alojar ilegalmente y torturar a detenidos.

Los condenados son el exgeneral Héctor Gamen (condenado a prisión perpetua por crímenes en Vesubio) fue apartado por problemas de salud y los principales imputados son Rodolfo Enrique Godoy, exsegundo jefe del Grupo de Artillería Mecanizada de Ciudadela, y el coronel (R) Manuel Antonio Luis Cunha Ferré, oficial de Inteligencia que tenía a su cargo Sheraton.

Gamen, de 92 años, fue segundo jefe de la Brigada de Infantería de la que dependía el Grupo de artillería, en tanto Juan Manuel Costa, que murió en 2014, fue subjefe de esa unidad militar hasta finales de 1977.

A tres de los implicados se les acusa del homicidio de Carlos Alberto Hobert y Graciela María Maliandi el 17 de diciembre de 1976 en una operación ilegal "íntimamente ligado al Sheraton", señaló el fiscal Federico Delgado.

El Sheraton dependía en aquel momento de la comisaría de Villa Madero que, a su vez, lo hacía de la Unidad Regional Morón. Sin embargo, las instalaciones quedaron bajo el mando del  Grupo de Artillería Mecanizada 1 del Ejército, situado en la localidad de Ciudadela.

El Tribunal Oral Federal N° 1 de la Capital Federal determinará las responsabilidades penales que corresponden a las 18 privaciones ilegales de la libertad agravada, la aplicación de tormentos y 2 homicidios.

sábado, 24 de junio de 2017

asación rechazó conceder el 2x1 al ex jefe de Campo de Mayo Santiago Omar Riveros

Se trata del primer fallo del máximo tribunal penal del país luego de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que resolvió que la derogada ley del 2x1 es aplicable a los condenados por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.

La Cámara Federal de Casación penal rechazó hoy la aplicación del beneficio del 2x1 al ex jefe de Institutos Militares de Campo de Mayo Santiago Omar Riveros, quien fue condenado a cadena perpetua por la desaparición de un joven militante comunista.  
En un fallo de más de 40 páginas, los miembros de la Sala II de Casación remarcaron el “irrenunciable compromiso asumido por el estado argentino de sancionar adecuadamente las graves violaciones a los derechos humanos”.

Riveros fue condenado en agosto de de 2009 por el secuestro, la tortura y el posterior asesinato del joven Floral "Negrito" Avellaneda y por el secuestro y la tortura de su madre, Iris Pereyra.

La defensa de Riveros había interpuesto un recurso de casación contra la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de San Martín pero en el fallo de hoy los jueces Alejandro W. Slokar y Mariano H. Borinsky lo rechazaron. 

Por su parte, la juez Ángela Ledesma, sin pronunciarse sobre el fondo, votó por la remisión de las actuaciones al Tribunal Oral Federal de San Martín, en virtud de las “nuevas circunstancias”.

En su voto, Slokar sostuvo que el 2x1 era inaplicable para este caso "especialmente teniendo en vista las irrenunciables obligaciones internacionales asumidas por el estado argentino de efectivizar la investigación, juzgamiento y sanción adecuada de graves violaciones a los Derechos Humanos”.

El juez Borinsky sostuvo que quienes sancionaron la ley del 2x1 no pudieron prever una excepción para los caso de Lesa humanidad toda vez que se sancionó durante el período que estaban vigentes las derogadas leyes de Obediencia Debida y Punto Final.

Riveros fue detenido en el año 2007 (la ley del “2x1” perdió vigencia en el año 2001) y condenado en el año 2009 a la pena de prisión perpetua por los hechos de los que resultaron víctimas Iris y su hijo Floreal,que tenía catorce años.

El padre de Floral, a quien el operativo conjunto de las fuerzas policiales y militares pretendía detener el día que secuestraron al adolescente y su madre, era delegado de la fábrica textil Tensa.

Avellaneda y su madre fueron secuestrados en el domicilio familiar, desapoderados de bienes personales, y trasladados a la Comisaría de Villa Martelli y posteriormente a Campo de Mayo, donde fueron torturados y Floral, asesinado.

El cadáver del joven fue hallado un mes después de su desaparición en las costas de la República del Uruguay, con signos de haber sufrido torturas físicas  

lunes, 12 de junio de 2017

Rafecas procesó a ocho represores por delitos de lesa humanidad

Procesados por seis asesinatos
El juez federal Daniel Rafecas consideró probada la responsabilidad de ocho ex policías federales en crímenes cometidos entre 1976 y 1977. Entre los imputados figura Alfredo Vidal, que a fines de los 80 participó del secuestro de Mauricio Macri.

Por Ailín Bullentini
Las víctimas fueron asesinadas mientras estaban indefensas, señaló Rafecas.

Ocho ex policías federales integrantes de la Superintendencia de Seguridad Federal (SSF) y de otras dependencias de la fuerza durante el terrorismo de Estado fueron procesados por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. El juez federal Daniel Rafecas consideró probada la responsabilidad de los ex efectivos –entre los cuales figura Alfredo Vidal, quien a fines de los 80 secuestró junto a la Banda de los Comisarios a Mauricio Macri– en el asesinato de seis personas durante tres operativos entre 1976 y 1977. Según las actas policiales de la época, la fuerza había registrado las muertes como producto de “enfrentamientos” fraguados. Rafecas consideró probado que las víctimas, algunas de ellas militantes de Montoneros y ERP, fueron perseguidas, atrapadas en “operativos ilegales”, tiroteadas mientras estaban “en posiciones de indefensión” y luego fusiladas.  

Rafecas ordenó los procesamientos con prisión preventiva de los ex federales en el marco de la investigación que desarrolla sobre los crímenes de lesa humanidad cometidos por el Primer Cuerpo del Ejército. Sin embargo, Rafael Romero, Daniel Amarillo, Miguel Olarte, Manuel Ichicovich, Juan Ríos, Osvaldo González, Alberto Mattone y el secuestrador Vidal, todos vinculados al funcionamiento del centro clandestino de detención “Coordinación Federal”, que tuvo entre sus sedes a la SSF, estaban detenidos desde marzo pasado. El 24 de marzo, cuando se conmemoró el 41º aniversario del último golpe de Estado, declararon en indagatoria, paso con el que el juez federal confirmó sus responsabilidades.

Romero era inspector cuando “comandó la comisión” policial de la SSF que el 18 de mayo de 1976 reventó el departamento donde vivían Jorge Caso y su esposa María Marta Imaz Garzón. La patota la completaron ocho efectivos, entre los que figuraron Amarillo y Olarte, que eran subinspectores; el entonces sargento primero Ichicovich y los cabos Ríos y González. Según el acta policial incluida en la causa, cuando los policías pidieron ingresar al departamento de Yatay al 700, donde también se encontraba Bernardo Levenson, sus habitantes intentaron escapar y comenzaron a disparar. Documentos de inteligencia policial calificaban a Imaz Garzón de “montonera” y a los tres de “subversivos”.

En enero de 1977, en un operativo de similares características sucedido en un departamento de Villa del Parque fueron asesinados Carlos Jeifetz y su compañera Nora Salvarezza. El procedimiento fue comandado por Mattone, quien entonces era comisario inspector y jefe de la Zona I de la SSF. Vidal integró la patota. Los registros policiales atribuyeron las muertes de Jeifetz y Salvarezza a un “enfrentamiento con subversivos”. Ambos integraban el ERP.

Dos meses después, en Almagro, otra patota asesinó a Mario Lerner, quien militaba en Montoneros. A Mario y a su novia, los represores los esperaron el 17 de marzo de 1977 dentro del edificio donde vivían, en Don Bosco al 4100. A la noche llegó el “Ruso”, a quien le dispararon dos veces y cayó del primer piso al patio interno. De allí se lo llevaron a la rastra hasta un Ford Falcon, al que también subieron a su novia. En ese coche estaba Olarte. Según los registros de la SSF, la captura de la pareja había sido pedida por “fuerzas conjuntas” que respondían al Primer Cuerpo del Ejército. 

Lejos de lo que plantean las actas policiales de la época, Rafecas consideró que las seis víctimas fueron asesinadas en “operativos ilegales”, carentes de órdenes de allanamientos con información recolectada en actividades de inteligencia y que sus muertes deben ser investigadas como “homicidios agravados”. “Los tres casos fueron procedimientos ilegales por no contarse con la autorización de la autoridad judicial correspondiente que justificara el ingreso a los domicilios de las víctimas”, postuló el juez en la resolución en la que procesó a todos los ex policías por considerarlos coautores de seis homicidios agravados.

“En todos los casos se pretendió justificar la realización de los procedimientos en la presunta condición de ‘subversivos’ de las personas cuya detención se procuraba, la cual habría sido determinada en función de información de inteligencia de la cual nunca se dio cuenta, como tampoco se hizo alusión alguna a qué presuntos delitos habrían cometido las víctimas como para justificar los procedimientos a realizar en sus domicilios”, continuó el juez.

Por último, y en base a las autopsias –que integran la causa como elementos de prueba–, el magistrado concluyó que “en los tres procedimientos los disparos que provocaron la muerte de las víctimas fueron efectuados mientras estas se encontraban indefensas”. Algunas de las víctimas recibieron más de diez disparos. Todas fueron fusiladas o “rematadas”.  

miércoles, 15 de marzo de 2017

Sábado 18/03 acto y marcha en la Guarnición Militar Campo de Mayo

Nuevamente como desde hace once años la Comisión por la Recuperación de la Memoria de Campo de Mayo convoca el sábado 18 desde las 9,30 horas  a una marcha y  acto en la Guarnición Militar Campo de Mayo, con accionar en desde el 24 de marzo 1976 en la Zona 4, que abarcaba los partidos de General Sarmiento, Escobar, General San Martín, San Isidro, San Fernando, Tigre, Vicente López, Tres de Febrero.

La juntada es para no ceder entre las acciones de los que galvanizan el olvido y las acciones de la militancia, media una distancia enorme, no de palabras, sino de significación acerca de cuál es la sustancialidad de la democracia en el contexto de la imprescriptibilidad de los crí menes de lesa humanidad.

El acto será  frente al Hospital Militar donde la empresa Mercedes Benz instaló un aparato de neonatologia para los partos de las compañeras detenidas con el posterior  apoyo del Movimiento Familiar Cristiano, en la entrega y apropiación de los niños de las víctimas del terrorismo de Estado. en un juicio que no se acepta mas dilaciones.

A mas de una década de la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final en los cursos de acción de los juicios se demostró la activa participación de empresarios, jueces y fiscales, monjas y sacerdotes, en particular los capellanes,  entre otros que conformaron la alianza cívico militar que ejerció el poder desde antes del 24 de marzo del 76 .  La Masacre de Capilla del Rosario en Catamarca el 11 de agosto de 1974  con el fusilamientos de 14 combatientes que se entregaron con vida, el Operativo Independencia desde febrero 1975 y la represión fabril en Villa Constitución el 20 de mazo 1975, por citar didácticos ejemplos.

Esta guarnición militar de exterminio de trabajadores, familiares, militantes y combatientes todavía se espera que todos sus responsables sean sentados en el banquillo de los acusados ( apenas se han concretado doce juicios) y que no sean beneficiados con el punto final biológico, gracias a un andamiaje jurídico impulsado por los defensores oficiales y por quienes desde el Poder Judicial son renuentes a avanzar. Un grupo de tareas que persiste y ahora con oxigeno oficial.

Un muro de impunidad que desde la militancia potencia no ceder en Memoria, Verdad y Justicia, sino aceptar el desafío ideológico desde el bloque de poder de cerrar las heridas del pasado.